Derechos de los niños con discapacidad
¿Qué son los derechos de los niños con discapacidad?
La Convención sobre los Derechos del Niño se aplica a todos los niños del mundo, incluidos los que tienen alguna discapacidad. Establece los derechos humanos básicos que tienen todos los niños del mundo: el derecho a la supervivencia, a desarrollarse plenamente, a ser protegidos de influencias perjudiciales, del abuso y de la explotación, y a participar plenamente en la vida familiar, cultural y social. También reconoce la importancia de la asistencia y el apoyo de la familia. Dos artículos hacen referencia específica a los niños con discapacidad: el artículo 2 establece el principio de la no discriminación e incluye a la discapacidad como motivo de protección frente a la discriminación, y el artículo 23 destaca los esfuerzos especiales que los Estados Partes deben hacer para que se cumplan esos derechos. En su Observación General n.° 9, el Comité sobre los Derechos del Niño, que supervisa la aplicación de la CDN, brinda orientación a los Estados Partes en sus esfuerzos por implementar los derechos de los niños con discapacidad, abarcando todas las disposiciones de la Convención.
Además, la Observación General n.° 7 y la n.° 9 destacan específicamente que los niños con discapacidad tienen derecho a la participación activa en todos los aspectos de la vida familiar y comunitaria; a iguales oportunidades que los demás para poder ejercer sus derechos, y a ser tratados con dignidad en todo momento. También establecen que “la mejor forma de cuidar y atender a los niños con discapacidad es dentro de su propio entorno familiar” y que “nunca deberá internarse en instituciones a niños únicamente en razón de su discapacidad”.
Los Estados Partes deben proteger a los niños con discapacidad de la discriminación y brindarles acceso a una gama de servicios y apoyos diseñados específicamente para ayudarlos a alcanzar todo su potencial. Esta norma fue respaldada por la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas 2010 A/65/452. Asimismo, la versión más reciente de la CDPD incluye un artículo dedicado a la atención de los derechos de los niños con discapacidad. El Artículo 7 establece las obligaciones de los Estados Partes de tomar todas las medidas necesarias para asegurar que todos los niños y las niñas con discapacidad gocen plenamente de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones con los demás niños y niñas, considerar su interés superior y garantizar que puedan expresar su opinión libremente.
El artículo 23 de la CDPD establece el derecho a la vida familiar y el artículo 24 promueve el derecho a la educación. La CDN y la CDPD se reafirman mutuamente, y juntas proporcionan un marco para una creciente sinergia entre instrumentos clave de derechos humanos. Además, todas las iniciativas destinadas a mejorar la vida de los niños, como los Objetivos de Desarrollo del Milenio, se aplican en igualdad de condiciones y plenamente a los niños con discapacidad. Se deben hacer esfuerzos específicos para llegar a estos niños e incluirlos, de lo contrario no se podrán cumplir los compromisos internacionales.
Publicado originalmente en Reactiv
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- Ago, 24, 2015
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